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Un tribunal en Madrid ordena a Meta pagar 479 millones de euros a medios españoles por usar datos de usuarios sin consentimiento claro. La decisión señala al corazón del modelo publicitario de las plataformas digitales.

El algoritmo y la balanza

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil n.º 15 de Madrid condena a Meta por competencia desleal. Entre 2018 y 2023, la compañía cambió la base legal con la que recogía y trataba datos personales en Facebook e Instagram. Donde antes pedía consentimiento, pasó a argumentar que el tratamiento formaba parte del «contrato» con el usuario. Esa estrategia le permitió recolectar grandes volúmenes de datos para ofrecer publicidad hipersegmentada. Con esa información, según el fallo, Meta obtenía una ventaja que los medios tradicionales no podían igualar.

Mismo mercado, distintas armas

Los demandantes, agrupados en la Asociación de Medios de Información (AMI), argumentaron que Meta operaba en el mismo mercado publicitario que ellos, pero con herramientas desiguales. Mientras los medios dependen de datos limitados y del consentimiento claro de sus lectores, la empresa californiana podía perfilar a millones de usuarios sin ese filtro. El tribunal les dio la razón. Meta no solo usó datos personales sin una base legal adecuada, sino que también ocultó parte de su contabilidad interna, dificultando calcular el impacto económico de su práctica. La cifra final: 550 millones de euros a repartir entre más de 80 cabeceras.

Datos, consentimiento y contrato

El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) establece que cualquier tratamiento de datos debe basarse en una de seis bases legales. El consentimiento es una de ellas; el contrato, otra. Meta justificó su cambio diciendo que los datos eran necesarios para prestar sus servicios. El tribunal no lo vio así. Consideró que el uso de datos con fines publicitarios no es esencial para mantener una red social, y por tanto requería una base diferente, el consentimiento libre e informado.

Ecosistema mediático en juego

El fallo llega en un momento de tensión entre plataformas digitales y medios tradicionales. Las redes concentran la atención y los ingresos publicitarios, pero no generan contenido original ni comparten beneficios equitativamente. En Francia, un grupo de 200 medios está impulsando una demanda similar. En Canadá y Australia, las leyes ya exigen que plataformas negocien con medios por el uso de contenido informativo. La sentencia en España podría marcar un precedente dentro del espacio europeo.

Lo que queda por resolver

Meta puede apelar. La empresa insiste en que actúa conforme al RGPD y que su modelo se basa en ofrecer servicios gratuitos financiados por publicidad. Pero el tribunal español pone el foco en cómo se obtienen esos datos y en qué medida alteran el equilibrio competitivo. El caso también deja preguntas abiertas sobre la supervisión efectiva de la privacidad digital y sobre qué significa realmente el consentimiento en entornos donde todo está diseñado para que el usuario acepte sin mirar.

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